FAQs
23 años
generando confianza
Preguntas frecuentes:
Puede revisar las preguntas que más frecuentemente nos realizan nuestros clientes y de esta forma obtendrá respuestas inmediatas a sus posibles incógnitas sobre nuestros procesos, capacitaciones y servicios.
El ECA presta los siguientes servicios:
- ACREDITACIÓN: Lleva a cabo el proceso de evaluación y acreditación de los organismos de evaluación de la conformidad de acuerdo con las normas aplicables para cada programa de acreditación. En esta evaluación se verifica que el organismo cuente con personal competente y calificado, procedimientos adecuados a sus actividades así como instalaciones, equipo, incluyendo los aspectos de imparcialidad y confidencialidad. Vea nuestros catálogo de acreditaciones: ACREDITACIÓN
- CAPACITACIÓN: Ofrecemos capacitaciones abiertas y ponemos a disposición nuestros programas de capacitación de forma in house. Vea nuestro catalogo de capacitaciones: CAPACITACIONES
- SERVICIOS DE EQUIVALENCIA: Colabora con la Autoridad Nacional Competente, reguladores o dueños de carteles de licitación en la verificación de cumplimiento de los requisitos de evaluación de la conformidad que se definen en Reglamentos Técnicos, Decretos, Directrices y/o requisitos de compras; a estos servicios se les denomina como Servicios de Equivalencia. Solicite su servicio aquí: EQUIVALENCIAS
La acreditación brinda mayor confianza y seguridad sobre los productos, procesos y servicios que usted solicita, además cuenta con un parámetro para evaluar la calidad del producto, proceso o servicio y con una base para exigir sobre la calidad y salvaguardar su salud y seguridad.
Es importante aclarar que no se acreditan personas, productos o documentos, lo que se acreditan son las actividades de evaluación de la conformidad (tales como ensayos, calibraciones, análisis, inspecciones, certificaciones, verificaciones de GEI, etc.)
Cualquier organismo que realice actividades de evaluación de la conformidad (tales como ensayos, calibraciones, análisis, inspecciones, certificaciones, verificaciones de GEI, etc.) es candidato a acceder a una acreditación, independientemente de su naturaleza legal, de su carácter público o privado o de su tamaño.
No, el ECA no certifica productos, procesos, servicios o sistemas. La certificación la realizan directamente los organismos de certificación acreditados por el ECA, de acuerdo con el tipo de certificación que usted requiere. En el siguiente enlace puede consultar los organismos de certificación acreditados por ECA: https://eca.or.cr/organismos-de-certificacion/
La certificación es el procedimiento por el cual una tercera parte entrega un aseguramiento escrito que un producto, proceso, persona, sistema de gestión o servicio cumple con requisitos especificados. En cambio, la acreditación es el proceso por el cual una autoridad técnica reconoce formalmente, que una organización es competente para efectuar actividades específicas de evaluación de la conformidad.
El ECA posee un catalogo actualizado de los organismos acreditados para brindar estos servicios. Para más detalle visita la pregunta 11 o visita la pestaña de Listado de OEC en nuestro menú de inicio. En este catalogo se encuentra la información de contacto de dichas entidades para que te brinden información detallada.
Antes de solicitar la acreditación debe familiarizarse con los requisitos de acreditación establecidos en la norma y en los documentos de ECA, se debe desarrollar y establecer un sistema que le permita demostrar a ECA el cumplimiento con todos los requisitos. Posteriormente debe completar y enviar el formulario ECA-MC-MP-P04-F34 Requisitos generales para la presentación de la solicitud de acreditación de los OEC junto con la documentación que allí se indica.
Para consultar la documentación aplicable al proceso de acreditación visite la pestaña Documentos en el Menú de inicio y diríjase a Buscador SGS. Aquí puede consultar por palabras clave o código de documento la información requerida.
Los tiempos establecidos por ECA se encuentran en los Manuales de procedimientos disponibles en la página web y estos se establecen por etapas. Una vez dada la admisibilidad por parte de la secretaría respectiva se debe coordinar una fecha para iniciar la evaluación, la cual no debe sobrepasar los 4 meses.
Para consultar la documentación aplicable al proceso de acreditación visite la pestaña Documentos en el Menú de inicio y diríjase a Buscador SGS. Aquí puede consultar por los documentos ECA-MP-P04 relacionados con el proceso de acreditación.
El período de vigencia de la acreditación que otorga el ECA es por tiempo indefinido, y está sujeta a las evaluaciones anuales de seguimiento y reevaluaciones cada 3 años y 9 meses hasta un máximo de 4 años (desde el mes del otorgamiento).
El OEC puede solicitar una visita preliminar antes de la evaluación inicial, siempre que esta situación sea solicitada por escrito a la Secretaría de Acreditación respectiva.
La visita preliminar es de carácter general, la realiza en lo posible un funcionario del ECA o el Equipo Evaluador que ECA designe, su objetivo es identificar deficiencias en el sistema del OEC o en su competencia, por ningún motivo se puede durante este proceso dar indicaciones o soluciones específicas para atender las deficiencias que se encuentren.
Para consultar nuestras tarifas ingrese al siguiente enlace: https://eca.or.cr/acreditacion/ y presione en la sección de “Tarifas”. Además, puede contactar a las y los secretarios de las secretarias de acreditación correspondientes para recibir una proforma adaptada a su servicio.
Para consultar el catálogo de organismos acreditados diríjase a los siguientes enlaces:
- Para laboratorio de ensayos: https://eca.or.cr/laboratorios-de-ensayo/
- Para laboratorios de calibración: https://eca.or.cr/laboratorios-de-calibracion/
- Para organismos de inspección: https://eca.or.cr/organismos-de-inspeccion/
- Para organismos de certificación: https://eca.or.cr/organismos-de-certificacion/
- Para organismos validadores verificadores: https://eca.or.cr/organismos-v-v-de-gei/
- Para laboratorios clínicos: https://eca.or.cr/laboratorios-clinicos/
- Para proveedores de ensayo de aptitud: https://eca.or.cr/proveedores-de-ensayo-de-aptitud/
No, el ECA ofrece servicios de acreditación contra solicitud, siempre y cuando se trate de un servicio de acreditación. Puedes solicitar al ECA la apertura de un nuevo servicio. Contactate el siguiente correo para mayor información: innovacioneca@eca.or.cr
Si el organismo nacional o extranjero no se encuentra acreditado con ECA, se puede reconocer la equivalencia del certificado de acreditación, otorgado por un organismo de acreditación diferente al ECA, siempre y cuando sea signatario de un Acuerdo de Reconocimiento Multilateral – IAF (MLA) y/o acuerdo de reconocimiento Multilateral – ILAC (MRA).
Se ofrecen los siguientes servicios:
- Verificación / Aprobación de declaraciones de cumplimiento: Proceso a realizar por el productor nacional o el importador de productos que deben cumplir un Reglamento Técnico y que requieren una nota técnica para poder nacionalizar los productos. Las notas técnicas que se tramitan son: del MEIC (0369, 0370, 0387) y del MINAE (0388 y 0389).
- Avales: Directriz No. 11-MINAE: Aval técnico que se le otorga a los proveedores del Estado que deseen vender equipos de iluminación, refrigeración y aires acondicionados al sector público.
- Exoneración de dispositivos de seguridad pasiva en cumplimiento de la Ley No. 9078: Aval técnico de los requisitos establecidos por el COSEVI.
- Exoneración de bienes conforme al artículo 38 de la ley de regulación del uso racional de la energía, ley Nº7447 y sus reformas: Aval técnico de los requisitos establecidos por el MINAE.
- RECA: Reconocimiento de la equivalencia del certificado de acreditación: Consiste en reconocer la equivalencia del certificado de acreditación, otorgado por un Organismo de Acreditación (OA) internacional y que es signatario de un Acuerdo de Reconocimiento Multilateral – IAF (MLA) y Multilateral – ILAC (MRA).
El Departamento de Servicios de Equivalencia es el encargado de estos procesos, por lo que cualquier consulta con respecto al uso de la plataforma, costos o envío de documentos puede contactarlos por medio del correo: exoneracion@eca.or.cr
En la actualidad no existe un organismo acreditado para certificar bolsas de bajo impacto ambiental. ECA está a la espera del reglamento de la Ley 9786 Ley para combatir la contaminación por plástico y proteger el ambiente que establezca el tipo de evaluación de la conformidad requerido para este alcance. Dicho reglamento debe ser emitido por el Ministerio de Salud.